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La nueva regulacion o marco Juridico y Tributario Expedición del Reglamento a la Ley de Arbitraje y Mediación publicado el 18 de agosto de 2021 mediante decreto ejecutivo No. 165 nace la posibilidad de que la Administración Tributaria o el contribuyente pueda iniciar un proceso de mediación. Esto, en concordancia con las reformas al Código Tributario contempladas en la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia Covid-19 publicada en el Registro Oficial Suplemento 587 de 21 de noviembre de 2021.

 

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La Mediación Tributaria en Ecuador

La Tributacion, es materia transigible sobre la que se puede mediar y a qué se puede aspirar en una mediación tributaria, es necesario remitirnos a lo prescrito en el Código Tributario. En esta norma se establecen los requisitos para acceder a una mediación, las reglas que deben seguirse dependiendo del tipo de mediación y el efecto que surten los acuerdos a los que lleguen las partes. Se debe tomar en cuenta que mediante reforma de Ley, el Código ha adoptado a la transacción como un nuevo método de extinguir obligaciones tributarias, permitiéndole al contribuyente prever o concluir un proceso administrativo o judicial respecto de obligaciones tributarias que tenga pendientes con la Administración Tributaria.

El contribuyente podrá solicitar de manera online por medio de un mediador habilitado por un Centro de Mediacion a la Administración Tributaria que se inicie un proceso de mediación extraprocesal o intraprocesal dependiendo del caso y deberá en todo caso presentar una solicitud que contenga los siguientes requisitos:

 

Alumna Censol testimonio en Ecuador

La designación de la autoridad administrativa ante quien se la formule;

El nombre y apellido del compareciente; el derecho por el que lo hace; el número del registro de contribuyentes, o el de la cédula de identidad, en su caso.
La indicación de su domicilio permanente, y para notificaciones, el que señalare;
Mención del acto administrativo objeto del reclamo y la expresión de los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya, expuestos clara y sucintamente;
La petición o pretensión concreta que se formule; y,
La firma del compareciente, representante o procurador y la del abogado que lo patrocine.
En segundo lugar, es importante delimitar la materia sobre la que se puede transigir en los procesos de mediación. La materia transigible tanto en procesos extraprocesales como intraprocesales versará sobre la siguiente:

Determinación y recaudación de la obligación tributaria.

Intereses, recargos y multas.

Plazos y facilidades de pago.
Levantamiento de todas o parte de las medidas cautelares dictadas contra el contribuyente.
Cabe recalcar que la materia transigible puede variar e incluso puede ser más extensiva dependiendo del caso en concreto y el tipo de mediación que se siga.

La solicitud se da en dos momentos en los que procede la mediación tributaria, el primer momento es antes de que exista impugnación en sede judicial a la cual se denomina mediación extraprocesal, y el segundo momento es, una vez iniciada una acción en sede judicial cuya sentencia no se encuentre ejecutada, a este tipo de mediación se la denomina intraprocesal.

Reglas y Requisitos de la Mediación Tributaria Extraprocesal:

La transacción extraprocesal de obligaciones tributarias sólo surtirá efecto si los acuerdos alcanzados entre las partes se plasman en un Acta de Mediación suscrita por un centro o mediador calificado.
La solicitud por parte del contribuyente genera los siguientes efectos:
Si es presentada por primera vez, tendrá por efecto la suspensión de todos los plazos de caducidad. Y dicha suspensión se mantendrá hasta que se alcance un acuerdo o en su defecto se suscriba un acta de imposibilidad de acuerdo.
Una vez presentada la solicitud, se suspenderán los plazos para impugnar el acto administrativo en sede administrativa y judicial, hasta que la Administración se pronuncie respecto de aceptar la solicitud y entrar a un proceso de mediación.
Si el sujeto pasivo incumpliere con los acuerdos contemplados en el acta de mediación existen dos escenarios:
Si el incumplimiento es respecto de un acta que contiene un acuerdo parcial respecto de la obligación tributaria, la Administración emitirá un título de crédito que servirá como antecedente para el inicio de un proceso coactivo.
Si el incumplimiento es respecto de un acta que contiene un acuerdo total respecto de la obligación tributaria, la misma acta constituirá título de crédito suficiente.
En caso de que el sujeto pasivo ofertare realizar el pago inmediato del 100% del capital, podrá acordarse la remisión total de intereses, la reducción de la tasa de interés que en ningún caso podrá ser inferior a la tasa pasiva referencial fijada por el Banco Central del Ecuador.
Reglas y Requisitos de la Mediación Tributaria Intraprocesal:

 

FECHA Y LUGAR

Febrero de 2024 
Modalidad en Linea vía Zoom
Contamos con plataforma Propia

HORARIOS

Lunes a Viernes 18h30 a 20h30
Sabados intensivo de 10h00 a 16h00  
Vía Online
Ceremonia Incorporación (Por definir)

IDIOMA

Las clases en idioma español

REQUISITOS PARA TODO CIUDADANO

-Ser mayor de edad hombre o mujer
- Cédula de ciudadanía / pasaporte
- Si tuviere Título académico (mínimo de bachiller)
- Foto carnet
-Hoja de vida.
-Depósito o transferencia.

MAYOR INFORMACIÓN
MATRIZ: Guayaquil. Quito 936 y Vélez. Segundo Piso ofc 4

BENEFICIOS

- Certificado Digital
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Equipo docente

Todos los instructores que conforman nuestro equipo de docentes, cuentan con más de 20 años de experiencia, calificados por el Consejo Nacional de la Judicatura.

DRA. VENUS HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ

● Magister en Derecho Laboral
● Jueza Titular de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil Unidad Judicial Norte.
● Abogada de los juzgados y Tribunales de la República del Ecuador
● Especialista en Consultoría Jurídico Laboral.
● Diploma Superior en contratación Laboral Carrera Doctorado en Derecho PHD

MGS. MAYRA MUÑOZ ARÁMBULO

● Doctorada Mgs. en Jurisprudencia.
● Oficial de Marina con Especialidad en Justicia
● Diplomado en Práctica Procesal Penal y Oralidad
● Instructora Militar en Derecho Internacional Humanitario.
● Diplomado en Mediación y Métodos Alternativos de Solución de Conflictos

MGS. ROBERT PUERTAS RUÍZ

● Mgs. en Mediación
● Magister en Docencia Universitaria e investigación Educativa
● Doctor en Jurisprudencia
● Licenciado en Ciencias Jurídicas
● Diplomado en Gobernanza Estratégica, Participación Ciudadana y Gestión Pública

AB. MARLÓN J. MUÑOZ IZURIETA

● Director Fundador de Centro de Soluciones Legales.
● Formador de Formadores en Mediación y MASC.
● Co-creador de 12 Centros de Arbitraje y Mediación.
● Mediador, Conciliador y Arbitro.
● Instructor en manejo de situaciones de riesgo de Programa de Formación de Agentes Civiles de Tránsito ATM.
● Mentor de Mediadores Judiciales, Públicos y Privados del Ecuador.Director Fundador de Centro de Soluciones Legales.
● Formador de Formadores en Mediación y MASC.
● Co-creador de 12 Centros de Arbitraje y Mediación.
● Mediador, Conciliador y Arbitro.
● Instructor en manejo de situaciones de riesgo de Programa de Formación de Agentes Civiles de Tránsito ATM.
● Mentor de Mediadores Judiciales, Públicos y Privados del Ecuador.

CPA. FERNANDO PACHECO MARTILLO

● Presidente Colegio de Contadores Bachilleres y Publicos del Guayas.
● Contador publico autorizado.
● Magister en administración de empresas
● Perito judicial liquidador
● Perito judicial contador publico
● Perito contable
● Interventor externo
● Interventor spcm

Testimonios

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FORMAS DE PAGO

Se aceptan los pagos por Depósitos, Transferencia bancaria, Todas las Tarjeta de Crédito, PayPhone, PayPal

RESERVA DE CUPOS

Se reservará el cupo con el pago del total del curso., una vez cancelado el curso no se aceptan reclamos por devolución de dinero del cupo reserva.

EQUIPO DOCENTE

Todos los instructores que conforman nuestro equipo de docentes, cuentan con más de 20 años de experiencia, calificados por el Consejo Nacional de la Judicatura.

Modulos

1. Acta de Determinación en Firme:

• Proceso de emisión y notificación. • Importancia de la firmeza en las determinaciones tributarias. • Revisión de los procedimientos para impugnar una acta determinativa. • Análisis de casos prácticos.

2. Convenio de Pago:

• Exploración de los aspectos legales y fiscales relacionados con los convenios de pago. • Métodos y condiciones para la negociación de acuerdos. • Evaluación de las implicaciones y beneficios del convenio de pago en diferentes situaciones tributarias. • Ejemplos prácticos de la elaboración y cumplimiento de convenios

3. Mecanismos en el Proceso de la Mediación Tributaria:

• Estudio detallado de los métodos y estrategias de mediación. • Identificación de conflictos tributarios y selección del enfoque de mediación más apropiado. • Entrenamiento práctico en técnicas de comunicación y resolución de disputas

4. Requisitos para que Proceda la Solicitud

• Examen de los criterios y condiciones necesarios para iniciar el proceso de mediación tributaria. • Documentación requerida y pasos a seguir para presentar una solicitud. • Casos ilustrativos para comprender la aplicación de los requisitos.

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Alumnos Censol Graduados en New York
Excelente
A base de 112 reseñas
Nayeli Tenorio
Nayeli Tenorio
14/01/2024
Muy agradecida con el Centro de Mediación Censol
Alexa emigda Muñoz panta
Alexa emigda Muñoz panta
09/01/2024
Excelente servicio rápido sin tener que esperar turno, ni colas. Me cobraron cuando me resolvieron el problema, es muy económico lo recomiendo
Evelyn maria Clavijo blaschke
Evelyn maria Clavijo blaschke
05/01/2024
Excelente servicio rápido y eficaz , recomendado
Kevin Medina
Kevin Medina
28/12/2023
Gracias Abogado Marlon por su ayuda 👏🏻👏🏻
Franz Romero
Franz Romero
27/12/2023
Excelente opción como alternativa para solucionar los conflictos.
Bryan Pulia
Bryan Pulia
20/12/2023
Excelente servicio
karen y hermano lavayen castro
karen y hermano lavayen castro
19/12/2023
Excelente servicio muy agradecida
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